Únete a nosotros. Vamos, que no mordemos.

Unirse al negocio Interra es sencillo.

Agradecemos la oportunidad de ganar su negocio. Puede abrir una cuenta comercial visitando cualquier sucursal. Además de una identificación primaria y secundaria, a continuación se muestra una lista de la información necesaria para establecer su membresía comercial.

Lo que necesitas para abrir una cuenta comercial.

Propietario único

  • Certificación EIN (IRS), si corresponde
  • Certificado de nombre comercial supuesto presentado en la oficina de registro del condado (también conocido como registro de nombre comercial, certificado de nombre supuesto o certificado de nombre ficticio. Se requiere si la persona no usa su apellido como parte del nombre comercial).
  • Identificación primaria y secundaria, y número de seguro social del propietario y de todos los firmantes de la cuenta.
  • La dirección física del lugar principal de negocios y, si es diferente, una dirección postal.
  • Resolución de propiedad única – proporcionada por Interra

Corporaciones (con y sin fines de lucro, incluidas las iglesias incorporadas)

  • Certificación EIN (IRS)
  • Articulos de incorporación
  • Certificado de nombre comercial asumido presentado ante la Secretaría de Estado (aplicable si opera bajo un nombre diferente al de la entidad legal).
  • Identificación primaria y secundaria, y número de seguro social para todos los firmantes de la cuenta.
  • Dirección física del lugar principal de negocios y, si es diferente, una dirección postal
  • Resolución corporativa – proporcionada por Interra
  • Certificación de beneficiarios reales – proporcionada por Interra

Sociedad: sociedad general, sociedad en comandita (LP), sociedad de responsabilidad limitada (LLP)

  • Certificación EIN (IRS)
  • Acuerdo de asociación, si está disponible
  • Certificado de LP o LLP (Secretario de Estado – requerido si no existe un acuerdo de asociación)
  • Certificado de nombre comercial asumido (aplicable si opera bajo un nombre diferente al de la entidad legal).
    • Sociedad general: presentada ante la oficina del registrador del condado
    • LP y LLP – presentados ante la Secretaría de Estado
  • Identificación primaria y secundaria y número de seguro social para todos los firmantes de cuentas
  • Dirección física del lugar principal de negocios y, si es diferente, una dirección postal
  • Resolución de asociación: proporcionada por Interra
  • Certificación de beneficiarios reales – proporcionada por Interra

Sociedad de Responsabilidad Limitada (LLC)

  • Certificación EIN (IRS)
  • Artículos de Organización (Secretario de Estado)
  • Certificado de nombre comercial asumido presentado ante la Secretaría de Estado (aplicable si opera bajo un nombre diferente al de la entidad legal).
  • Identificación primaria y secundaria y número de seguro social para todos los firmantes de cuentas
  • Dirección física del lugar principal de negocios y, si es diferente, una dirección postal
  • Resolución de LLC – proporcionada por Interra
  • Certificación de beneficiarios reales – proporcionada por Interra

Asociación no incorporada, organización religiosa, caritativa, educativa o exenta de impuestos

  • Certificación EIN (IRS) (o) Carta de la organización que autoriza el uso de EIN
  • Estatutos (o) Actas que reflejan los firmantes autorizados electos (o) carta oficial firmada por el Presidente de la organización que autoriza el establecimiento de la cuenta y los respectivos firmantes.
  • Certificado de nombre comercial asumido presentado ante la oficina de registro del condado (aplicable si opera con un nombre diferente al de la entidad legal).
  • Identificación primaria y secundaria y número de seguro social para todos los firmantes de cuentas
  • Una dirección física del lugar principal de negocios y, si es diferente, una dirección postal
  • Resolución de club/organización/asociación no incorporada: proporcionada por Interra
  • Certificado de beneficiario real: proporcionado por Interra, si corresponde (es decir, la organización es una entidad legal según lo define la regla FinCEN 31 CFR 1010.230 para beneficiario real)

*Si abre una cuenta de iglesia, que no sea un club o grupo, proporcione la documentación mencionada anteriormente para una Corporación.

"Gracias desde el fondo de mi corazón por ser más que una institución financiera".
vicky
Miembro de la Cooperativa de Crédito Interra
Propiedad efectiva

¿Qué es la regulación sobre beneficiarios reales y por qué es importante?

El Departamento del Tesoro de EE.UU. emitió recientemente una norma final titulada “Requisitos de diligencia debida del cliente para instituciones financieras” (31 CFR 1010.230) que crea nuevas obligaciones de diligencia debida para las cooperativas de crédito y otras instituciones financieras. Todas las instituciones financieras ahora están obligadas a recopilar y verificar las identidades de ciertas personas que poseen o controlan clientes entidades legales, incluidas corporaciones, compañías de responsabilidad limitada (“LLC”), sociedades y otras entidades legales. Las personas físicas que poseen o controlan clientes de entidades jurídicas se consideran "beneficiarios reales" de esa entidad. La regulación tiene como objetivo hacer que las instituciones financieras sean más seguras para sus clientes y proteger el sistema financiero del país.

¿Qué se necesita?

La regulación requiere que Interra recopile la siguiente información de los beneficiarios reales de sus clientes entidades legales nuevos y existentes:

  • Nombre,
  • Fecha de nacimiento,
  • Dirección residencial física actual o dirección comercial, y
  • Número de Seguro Social (u otro número de identificación emitido por el gobierno para ciudadanos no estadounidenses sin un SSN).

La mayoría de las entidades que cotizan en bolsa, entidades reguladas y entidades gubernamentales de EE. UU. quedarán excluidas de estos requisitos.

¿Cómo me afectará el nuevo requisito?

Un representante de Interra puede solicitar revisar la siguiente documentación:

  • Un documento que verifique su identidad y fecha de nacimiento, como una licencia de conducir o un pasaporte. También se podrá solicitar copia del documento de identificación.
  • Un documento que verifique su dirección actual, si no figura en el documento.

Si bien entendemos que la información solicitada es personal y confidencial, necesitamos obtener esta información para cumplir con la ley. Como siempre, trataremos toda la información recopilada con el máximo cuidado. Apreciamos su negocio y estamos comprometidos a brindarle un servicio extraordinario en los años venideros.

P:

¿Qué define la nueva regla de beneficiario real como cliente persona jurídica?

A:

La norma define como clientes personas jurídicas a los siguientes:

  • Corporaciones, incluidas las corporaciones S de propietario único.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Las demás entidades que se creen mediante la presentación de documento público ante una Secretaría de Estado u oficina similar.
  • Sociedades generales.
  • Cualquier entidad similar formada bajo las leyes de una jurisdicción extranjera que abra una cuenta.
  • Sociedades limitadas y fideicomisos comerciales que se crean mediante presentación ante una oficina estatal, o cualquier otra entidad creada de esta manera, así como entidades similares formadas bajo las leyes de otros países.

No se consideran clientes personas jurídicas según la nueva norma:

  • Empresas unipersonales y la mayoría de fideicomisos.
  • Asociaciones no incorporadas (pequeñas organizaciones comunitarias locales como tropas de exploradores y ligas deportivas juveniles).
  • Personas físicas que abren cuentas por cuenta propia.
P:

¿Qué es un beneficiario efectivo?

A:

Un beneficiario efectivo es cualquier persona física que tenga la propiedad y/o el control del cliente entidad jurídica.

P:

¿Qué se entiende por el término “propiedad”?

A:

Según la regla, una persona se considera beneficiario efectivo si, directa o indirectamente, a través de cualquier contrato, acuerdo o entendimiento, relación o de otro modo, tiene una participación accionaria individual del 25% o más del cliente persona jurídica.

P:

¿Qué se entiende por el término “control”?

A:

Según la nueva norma, una persona "de control" es una persona con una responsabilidad importante en la gestión del cliente entidad jurídica. Esto puede incluir a alguien como un director ejecutivo o un gerente senior (por ejemplo, un director ejecutivo, director financiero, director de operaciones, miembro gerente, socio general, presidente, vicepresidente o tesorero).

P:

¿Cómo recopilará Interra mi información personal si soy un beneficiario efectivo?

A:

Interra proporcionará al abridor de la cuenta un formulario de certificación de beneficiario real que deberá completarse antes de abrir la cuenta. El abridor de cuenta da fe de la exactitud de la información en el formulario de certificación.

P:

¿Qué es una “apertura de cuenta”?

A:

Un abridor de cuenta es una persona que abre una cuenta para un cliente persona jurídica.

P:

¿Qué información se debe proporcionar en el formulario de certificación de beneficiario real?

A:

La información de certificación incluye:

  • Nombre (nombre, segundo nombre, apellido) y puesto de trabajo de la persona que abre la cuenta.
  • Nombre y dirección del cliente persona jurídica (calle, ciudad, estado/provincia, país y código postal).
  • La siguiente información es obligatoria para los beneficiarios finales:
    • Nombre.
    • Fecha de nacimiento.
    • Dirección física.
    • Para personas estadounidenses: número de seguro social.
    • Para personas no estadounidenses: número de seguro social, pasaporte, identificación de extranjero, otra identificación emitida por el gobierno, incluido el número de documento y el lugar de emisión.
P:

¿Dónde puedo obtener más información?

A:

La Norma final sobre requisitos de debida diligencia del cliente para instituciones financieras se puede encontrar aquí . La Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN) publicó preguntas frecuentes para ayudar a comprender el alcance de los Requisitos de diligencia debida del cliente para instituciones financieras que se pueden encontrar aquí .

P:

¿Qué es una identificación primaria y secundaria aceptable?

A:

Para los nuevos titulares de cuentas/firmantes autorizados individuales o de propiedad única, se requieren dos documentos de identificación antes de abrir o convertirse en signatario de cualquier tipo de cuenta. De las dos piezas de identificación, una debe ser una forma de documentación primaria. Para los titulares de cuentas existentes/firmantes autorizados, se acepta una pieza de identificación principal si están modificando o abriendo una cuenta adicional. Los documentos aceptables deben ser aquellos que estén debidamente registrados o archivados y aprobados ante la agencia correspondiente. Todos los documentos deben estar vigentes para que se consideren aceptables.

2

Individuo - ID principal

Individual - Identificación secundaria

Licencia de conducir (la licencia de manejar temporal no es aceptable para cuentas nuevas)

Tarjeta de identificación emitida por el estado (más de 30 días de antigüedad)

Permiso de aprendizaje

Pasaporte estadounidense

Pasaporte extranjero (extranjero)

Tarjeta de identificación militar de EE. UU.

Tarjeta de residencia permanente

Tarjeta de Registro de Extranjero

Tarjeta de autorización de empleo

Tarjeta de cruce fronterizo para extranjeros no residentes

Visa de no inmigrante y tarjeta de cruce fronterizo

Tarjeta Matrícula Consular

Otra identificación emitida por el gobierno que contenga una fotografía.

Licencia o permiso de arma de fuego

Tarjeta de seguro

Tarjeta de crédito (tienda grande o departamental)

ID de empleado

Identificación de estudiante (año escolar actual o más reciente)

Identificación de bienestar

Acta de nacimiento original

Tarjeta de Seguro Social original

Tarjeta ITIN o carta de autorización del IRS (*para abrir una cuenta, debe ir acompañada de otra forma de identificación secundaria)

Tarjeta Sam's Club

Otra tarjeta de membresía organizacional

Tarjeta de cajero automático de otra institución financiera

Talón de cheque de nómina con nombre, dirección y número de seguro social actuales

Factura de servicios públicos

Factura de impuesto a la propiedad

Tarjeta de registro de votante

Otro documento considerado aceptable por Interra tras su revisión